A- de 2023
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Repizo Lopez Ana Maria·Demandado Ese Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre los juzgados Séptimo Administrativo de Neiva y Segundo Laboral del Circuito de Neiva.
La causa de la controversia trata de demanda de acción de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por una ciudadana, contra la ESE Hospital Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva, mediante la cual pretende que se declare la nulidad del acto administrativo por medio del cual se negó el reconocimiento de la relación laboral existente entre las partes y se ordene el pago de las prestaciones sociales adeudadas por la vinculación como auxiliar de enfermería que se hizo mediante contrato de prestación de servicios, convenio asociativo y otras modalidades de tercerización laboral.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye que en virtud del cargo de la demandante, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 10 de 1990, se encontraría dentro de las desplegadas por los empleados de carrera, es decir, empleados públicos, pues no son cargos destinados al mantenimiento de la planta física hospitalaria, o de servicios generales, en las mismas instituciones, y siendo la demandada una entidad pública, con base en las regla dispuesta en Auto 492 de 2021 y 347 de 2022, que la Jurisdicción competente para conocer la demanda y resuelva las pretensiones elevadas, es la Contencioso Administrativa.
Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Séptimo Administrativo de Neiva, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Neiva.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Séptimo. Administrativo de Neiva y el Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Neiva, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Séptimo. Administrativo de Neiva es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Ana María Repizo López en contra de la ESE Hospital Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-4384 al Juzgado
- Séptimo. Administrativo de Neiva, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Segundo. Laboral del Circuito de Neiva.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.